También fue prohibida cualquier publicación que remita a direcciones electrónicas que puedan ser consultadas libremente por niños y adolescentes. | Foto: Vicepresidencia de Venezuela
La medida argumenta que estas publicaciones afectan el "derecho a la dignidad humana".
La medida argumenta que estas publicaciones afectan el "derecho a la dignidad humana".
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, prohibió la publicación de imágenes con contenido sexual implícito y explícito en medios impresos, digitales y por suscripción que puedan llegar a manos de niños y adolescentes.
El organismo indicó en un comunicado divulgado este miércoles que la Sala Constitucional declaró con lugar un amparo solicitado por dos mujeres en contra de las supuestas "publicaciones pornográficas" del semanario deportivo privado El Heraldo, del Grupo Editorial 6° Poder.
En consecuencia prohibió a ese medio publicar cualquier ejemplar del semanario impreso o digital y aun por suscripción privada o anuncios publicitarios que tengan contenido sexual explícito o implícito.
La sentencia se extendió a todas las publicaciones semejantes, se informó. También fue prohibida cualquier publicación que remita a direcciones electrónicas que puedan ser consultadas libremente por niños y adolescentes.
El TSJ exhortó al Ministerio de Comunicación e Información y a CONATEL -órgano regulador de telecomunicaciones en Venezuela- a buscar y cancelar las direcciones electrónicas de contenido pornográfico publicadas en los referidos medios.
La Sala Constitucional remitió además la decisión a la Fiscalía General para que inicie una investigación con miras a determinar si la difusión impresa o digital del semanario El Heraldo y de otras publicaciones del Grupo 6° Poder se incurrió en algún delito o falta que pudiera ofender a las mujeres.
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