Las organizaciones que no participaron en las pasadas elecciones del 20 de mayo serán impedidas de postular candidatos para los próximos comicios del 9 de diciembre en los que se elegirán concejales municipales, según informó la rectora principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tania D’ Amelio este viernes 13 de julio.
A través de su cuenta de Twitter, D’ Amelio indicó que en el próximo proceso electoral “podrán postular las organizaciones políticas nacionales y regionales que presentaron candidaturas en las elecciones presidenciales y regionales del 20 de mayo pasado, y están impedidas de hacerlo aquellas que se abstuvieron de postular”.
La prohibición fue respaldada por medio del “Decreto Constituyente para la Participación en Procesos Electorales”, publicado en la Gaceta Oficial N° 41.308 del 27 de diciembre de 2017.
La rectora además indicó que los partidos políticos que se abstuvieron deberán realizar una renovación bajo las normas que contempla la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.
En las #EleccionesMunicipales2018 de Venezuela, podrán postular las organizaciones políticas nacionales y regionales que presentaron candidaturas en las Elecciones Presidenciales y Regionales del 20 de mayo pasado, y están impedidas de hacerlo las que se abstuvieron de postular.— Tania D´amelio (@taniadamelio) 13 de julio de 2018
Estas organizaciones deben consignar las manifestaciones de voluntad (firmas) de respaldo de por lo menos el 0,5% de las electoras y electores registrados en cada una de, al menos, 12 entidades federales, tal como lo señala la ley.— Tania D´amelio (@taniadamelio) 11 de julio de 2018
El impedimento para postular en las #EleccionesMunicipales2018 radica en lo señalado en el Decreto Constituyente para la Participación en Procesos Electorales, publicado el 27 de diciembre de 2017 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.308. pic.twitter.com/qlUWng1sua— Tania D´amelio (@taniadamelio) 13 de julio de 2018
La renovación que deben hacer las organizaciones que se abstuvieron de postular en los procesos electorales anteriores, es la contemplada en la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones (LPPRPM) y que regula el #CNE mediante Reglamento y Normas respectivas.— Tania D´amelio (@taniadamelio) 13 de julio de 2018
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