martes, 25 de julio de 2017

Privación ilegítima de libertad a magistrado Zerpa tiene pena de hasta 7 años de cárcel




48 horas después de la detención del magistrado Ángel Zerpa, designado por la Asamblea Nacional, su defensa no tiene certeza del lugar en el que está recluido y denuncia que sus captores lo mantienen incomunicado.
Según la versión del gobernador de Miranda Henrique Capriles, Zerpa fue detenido sin orden judicial de por medio. Su aprehensión fue conocida luego de que el presidente Nicolás Maduro declarara que los magistrados serían privados de libertad uno por uno por “usurpar funciones”.
Los diputados de oposición desconocen a los magistrados que fueron electos en diciembre de 2015 por un Parlamento con mayoría chavista, y los acusan de ser nombrados de forma fraudulenta, por lo que escogieron a nuevas autoridades del Poder Judicial, el pasado 21 de julio.
Hasta 7 años de cárcel
Para la exmagistrada del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Blanca Rosa Mármol de León,los funcionarios del Servicio Bolivariano e Inteligencia Nacional (Sebin) que se llevaron a la fuerza a Zerpa, incurrieron en el delito de privación ilegítima de libertad que puede ser sancionado con hasta 7 años de cárcel cuando se comete contra un magistrado de la República.
Este delito está establecido en el artículo 174 del Código Penal Venezolano y es sancionado con pena de prisión. Textualmente reza lo siguiente:
“Cualquiera que ilegítimamente haya privado a alguno de su libertad personal será castigado con prisión de quince días a treinta meses. Si el delito se ha cometido contra algún ascendiente o cónyuge, contra algún miembro de la Asamblea Nacional, de los consejos legislativos de los estados, contra algún Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia o contra cualquier otro Magistrado Público, por razón de sus funciones, o si del hecho ha resultado algún perjuicio grave para la persona, la salud o los bienes del agraviado, la pena de prisión será de treinta meses a siete años”, tipifica la ley”.
La magistrada señaló que, al tratarse de un funcionario de alta jerarquía, goza de inmunidady por lo tanto se debió iniciar un antejuicio de mérito en la Sala Plena del TSJ antes de intentar cualquier otra acción en su contra.
“Se trata de una privación ilegítima de libertad que puede derivarse en la comisión de otros delitos en función de la actuación que tengan las autoridades en los próximos días”, apuntó.
Mármol de León rechaza que el magistrado hay incurrido en usurpación de funciones, delito que se le imputa, pues fue juramentado por un Poder Público que tiene atribuciones para hacerlo.
“Esto es un atentado contra la democracia y la división de Poderes porque corrobora que el TSJ decide por órdenes del Presidente”, lamentó.
Abuso de poder
El exmagistrado Román Duque Corredor aseveró que los funcionarios que detuvieron a Zerpa también incurrieron en el delito de abuso de poder. “Para poder detener a cualquier ciudadano es necesaria una orden judicial que motive las causas por las cuales lo imputan. Pero se le detuvo en virtud de la orden del Ejecutivo”, manifestó.
Resaltó que la Sala Constitucional no puede anular la designación de los magistrados por adelantado y de forma general. “La designación de magistrados son actos individuales y no se puede declarar nulo de forma general”.
Alertó que incomunicar a un detenido y privarlo ilegítimamente de su libertad constituyen actos de tortura.
Sobre el desacato en el que, según el TSJ controlado por el oficialismo, se encuentra la AN, el jurista recordó que “la figura del desacato de un Poder Público no existe en Venezuela, el desacato se comete de forma individual y anula actos de particulares; en consecuencia, la AN sigue ejerciendo sus funciones y competencias”.

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