jueves, 9 de noviembre de 2017

Ley contra el Odio contempla multas para medios digitales que incumplan la normativa



La Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia establece que los medios digitales que promuevan en su contenido mensajes de odio, guerra, intolerancia y otros delitos contemplados en este texto, serán sancionados.
En la legislación que aprobó la Asamblea Nacional Constituyente, se indicó que entre las sanciones hay multas, que oscilan entre 100 mil y 150 mil Unidades Tributarias (UT).
“El prestador de servicios de radio o televisión que difunda mensajes que constituyan propaganda a favor de la guerra o apología del odio nacional, racial, religioso, político o de cualquier otra naturaleza serán sancionados con la revocatoria de la concesión”, establece uno de los artículos de la ley.
En ese sentido, teniendo en cuenta que la UT tiene en la actualidad un valor de 300 bolívares, las multas se estiman entre 30 y 45 millones de bolívares.
Asimismo, quedó establecido que los medios de comunicación que transmitan dichos mensajes de intolerancia podrían ser sancionados con su clausura.

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